Determina IEE Colima procedencia del Convenio de Candidatura Morena-Nueva Alianza

**Los partidos políticos Morena y Nueva Alianza Colima podrán postular a un candidato o candidata común a la gubernatura del Estado de Colima para las elecciones del domingo 06 de junio de 2021 **El convenio contiene cláusulas y elementos que describen la forma de participación convenida por los institutos políticos postulantes.

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE) determinó este martes 15 de diciembre, durante la Quinta Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local 2020-2021, declarar procedente el registro del Convenio de la Candidatura Común denominada «Juntos Haremos Historia en Colima», para postular una candidatura en la elección de la Gubernatura del Estado, presentada por los institutos políticos Morena y Nueva Alianza Colima.

Lo anterior luego de que el 10 de diciembre de este año se recibió a las 22:52 horas en la Oficialía de Partes de este Instituto, la solicitud de registro del Convenio de Candidatura Común signado por el C. Mario Martín Delgado Carrillo y la C. Minerva Citlalli Hernández Mora, Presidente y Secretaria General, respectivamente, del partido político nacional Morena; y por el C. Francisco Javier Pinto Torres, Presidente de Nueva Alianza Colima, partido político local.

La documentación y requisitos fueron revisados en tiempo y forma, y aprobados por el Consejo General del IEE, conforme al Código Electoral del Estado, dentro de los cinco días siguientes a la presentación de la solicitud de registro. Cabe destacar que el mismo Código señala que los convenios de coalición deberán resolverse, su procedencia o no, dentro de los diez días posteriores a su registro.

Entre otros puntos, el Convenio de Candidatura Común «Juntos Haremos Historia en Colima» contiene el emblema común de los partidos y los colores con que se participa y que aparecerán en las boletas electorales; la aprobación del convenio por parte de los órganos directivos correspondientes de cada uno de los partido postulantes; y la forma en que se acreditarán los votos a cada uno de los institutos políticos para el otorgamiento del financiamiento público; y la indicación de aportaciones en porcentajes de cada uno de los partidos para gastos de campaña, sujetándose a los límites de contratación de los medios de comunicación distintos a radio y televisión, así como a los topes de gastos de campaña determinados por el Consejo General.

Adicionalmente, conforme a los principios rectores de la función electoral, particularmente los de certeza y máxima publicidad, se destacan diferentes cláusulas y elementos que describen la forma de participación convenida por los institutos políticos que forman parte del Convenio, como que el proceso interno de selección de la candidatura  será conforme a los estatutos de Morena y su pertenencia será a dicho partido; el que podrán realizar modificaciones a su convenio en cualquier momento y hasta 10 días antes de la jornada electoral correspondiente; así como que se comprometen a cumplir con el principio de paridad y cualquier otra acción afirmativa.

En otro punto del Orden del Día, el Órgano Superior de Dirección aprobó la Cuenta Pública Mensual del Instituto Electoral del Estado de Colima, correspondiente al mes de noviembre de 2020, en cumplimiento a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Colima.

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